Son múltiples los problemas a los cuales los empresarios han tenido que hacer frente estos meses. El solo hecho de ser “administrador de una sociedad”, aunque esté inactiva o no, ya suponía, en algún caso, y según quien tramitara la solicitud de la ayuda o derecho, pudiera quedar al margen de estas. Cómo se recoge en el IMV, APROBADO POR RDL 20/2020 de 29 mayo. Por no citar las muchas actividades que, por omisión en el RDL del estado de Alarma de marzo 2020, eran consideradas como actividades ESENCIALES. Por ejemplo; los servicios de Asesoría, Fiscal, Contable y Laboral de las empresas, justo el colectivo de choque que conecto al Autónomo, Empresario, Sociedad a través de otro actor intermediario, las Mutuas, que ejercían como sujeto pasivo, quién tenía que resolver los expedientes y ayudas que emanaban de la lluvia de normativas aprobadas hasta hoy. Y que hoy en día continúan saliendo y saldrán durante los próximos meses